C/ Libra, 15, Bloque 7, 5º – puerta 69 – 29649 Mijas Costa (Málaga) | info@pilarduranabogados.com | 665 585 681

Logo de Pilar Durán Abogados - Blog y Noticias

I   VOLVER A NOTICIAS   I

I   INICIO   I

I   EQUIPO   I

I   SERVICIOS   I

I  CONTACTO   I

CLÁUSULAS SUELO

 Fecha de publicación 05/04/2022

CLÁUSULAS SUELO

¿QUE SON LAS CLÁUSULAS SUELO?

La cláusula suelo o suelo hipotecario está directamente relacionada con las hipotecas y la compra de una vivienda, a través de una hipoteca de interés variable, y bajo contrato se establece un límite mínimo para una tasa de interés a favor del banco que se aplicará al pago, incluso si la tasa de interés es baja o negativa.

Esta es una cláusula que beneficia al banco y perjudica a la persona que solicita el préstamo, porque si las tasas de interés bajan o las tasas de interés son negativas, la cláusula suelo impide que se trasladen a la cuota mensual. De acuerdo con las normas del país, los términos del contrato y su transparencia y claridad, puede considerarse una cláusula infractora, ilegal o inválida, por lo que puede considerarse un fraude bancario.

¿CÓMO RECLAMARLAS CLÁUSULAS SUELO ABUSIVAS?

La cláusula suelo, al ser una cláusula bancaria abusiva, puede reclamarse para la devolución de cada euro pagado de más tras su aplicación. Para obtener este reembolso existen dos vías:

1- Vía extrajudicial.

2- Vía judicial.

(1) VÍA EXTRAJUDICIAL: 

Desde enero de 2017, los afectados y reclamantes pueden exigir a su banco la devolución de lo pagado por el suelo a través del mecanismo extrajudicial gratuito establecido por el Real Decreto-ley 1/2017.  

Presentando una queja formal al departamento de atención al cliente del banco que solicitó la hipoteca con nosotros (la entidad que se hizo cargo de la hipoteca o banco original). Todos los bancos y entidades bancarias deben tener un departamento específico para atender este tipo de solicitudes.

Si la entidad bancaria acepta la solicitud de tramitación, calcula la cantidad que nos debe, nos muestra un desglose del cálculo y se ofrece, devuelve o fectúa la devolución del dinero en efectivo. También existen acuerdos u ofertas alternativas como devolver el capital hipotecario pendiente, invertir el dinero en un producto de ahorro, etc.

Si estamos de acuerdo, el dinero nos será devuelto en la forma convenida en un plazo máximo de tres meses desde el inicio del procedimiento.

Si nuestra reclamación no es aceptada o si no llegamos a un acuerdo en el plazo de tres meses, se cerrará el procedimiento. Mientras el proceso esté en curso, no podemos emprender acciones legales contra el banco y si ya hay una queja, se congelará hasta que se resuelva.

(2) VÍA JUDICIAL:

Consiste en presentar una denuncia formal contra el banco o entidad financiera, en el juzgado especializado en cláusulas abusivas de nuestra provincia (o a un juzgado ordinario si solicitamos la hipoteca como persona jurídica). Son juzgados creados en mayo de 2017 para resolver específicamente los casos de cláusulas suelo, con devolución del coste de la escritura de hipoteca, préstamos multidivisa, etc.

Podemos interponer esta acción a través de un despacho de abogados o de los servicios jurídicos de una asociación de consumidores. En el primer caso, se debe pagar una provisión de fondos y las costas judiciales, pero si se condena al banco a pagar todas las costas judiciales, la demanda finalmente no nos costará nada. Con el segundo, tenemos que pagar la cuota de membresía o se asociado correspondiente en su lugar.

¿CUÁL ES EL PLAZO PARA RECLAMAR?

El plazo de reclamación es controvertido: Unos afirman que tenemos derecho a recuperar el dinero independientemente del año en que contratemos la hipoteca, mientras que otros opinan que el plazo es de cuatro años desde la extinción o prescripción del préstamo.

¿CUÁNDO RECLAMAR LA CLÁUSULA SUELO?

Según la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, puede utilizar la cláusula suelo al inicio de tu préstamo hipotecario. Recuerda que se aplica para dos cosas y en 2 conceptos:

1- Para quitar la cláusula abusiva o fraudulenta.

2- Para recibir una compensación por el dinero que te cobraron de más.

¿CUÁNTO PODRÉ RECLAMAR?¿QUÉ CUANTÍA PODRÉ RECLAMAR? EJEMPLO DE CUANTÍA PARA CLÁSULA SUELO 

Para un ejemplo o simulando una hipoteca a 30 años de 150.000 € contratada en enero de 2008. Suponiendo que esto tuviera un tipo de interés de Euribor más 0,5% con un suelo de 3,50%, habríamos pagado más hasta diciembre de 2020:

  • Sin la cláusula suelo, los pagos serían de 431,82 euros al mes.
  • Pero al precio mínimo pagaríamos 673,57 euros al mes.
  • Con todo, habríamos pagado 24.933,13 euros más por la propiedad.

Si queremos saber cuánto obtendríamos en nuestro caso concreto, podemos utilizar este simulador de cláusulas suelo para calcular cuánto deberíamos recuperar.

CONTACTE CON PILA DURÁN ABOGADOS EN CASO DE NECESIDAD DE ASESORAMIENTO EN ESTA MATERIA

Contacte con nuestro equipo de servicios legales Pilar Durán Abogados en caso de necesidad o asesoramiento. Puede volver e informarse sobre más servicios legales que llevamos a través de nuestro blob de BlogyNoticiasPilarDuranAbogados.com o a través de nuestra web principal. 

Contactar y llamar 📲 +34 665 585 681 (Click) 

Logo de Pilar Durán Abogados - Blog y Noticias
Logo en Blanco Pilar Durán Abogados

C/ Libra, 15, Bloque 7, 5º – puerta 69 – 29649 Mijas Costa (Málaga)

+34 665 585 681
info@pilarduranabogados.com