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UNA ENTIDAD BANCARIA HA SIDO OBLIGADA A RESTITUIR 1.600 EUROS A UN CLIENTE, LOS CUALES HABÍAN SIDO INDEBIDAMENTE UTILIZADOS PARA ADQUIRIR CRIPTOMONEDAS.

 Fecha de publicación 16/01/2023

Una entidad bancaria ha sido obligada a restituir 1.600 euros a un cliente, los cuales habían sido indebidamente utilizados para adquirir criptomonedas.

El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Valladolid ha ordenado a una entidad bancaria que reembolse a un miembro de Facua Castilla y León los 1.600 euros que le fueron sustraídos de su cuenta a través de una operación fraudulenta llevada a cabo desde Lituania, que se utilizó para comprar criptomonedas. Ambos, la entidad bancaria y el Banco de España, habían negado la solicitud de reintegro del dinero del afectado.

El cliente, Luis M. Z., que lleva más de 30 años siendo cliente de la entidad, recibió un mensaje de texto el 18 de enero, aparentemente de su banco, donde se le informaba de que un dispositivo no autorizado había accedido a su cuenta y se le animaba a hacer clic en un enlace si no reconocía este acceso. Él hizo clic pensando que se trataba realmente de su banco.

… Y SE RECEPCIONA UNA LLAMADA DESDE EL TELÉFONO DEL BANCO

Tan solo cinco minutos después, recibió un correo electrónico de su banco informándole de un inicio de sesión en su cuenta desde un dispositivo que no era el suyo. Le aconsejaban que si no había sido él, podría cambiar su contraseña de acceso a través de la página web o la aplicación del banco, o bien contactando al servicio de atención al cliente a través de varios números de teléfono proporcionados.

El usuario recibió un segundo correo electrónico del banco alertándole de que se había detectado actividad sospechosa en su cuenta y, como medida de seguridad, habían bloqueado temporalmente su acceso a la banca digital.

Poco después, recibió una llamada en su teléfono identificada como procedente de un número gratuito del banco, donde una mujer se presentó como empleada de la entidad y le informó de que estaban intentando realizar una compra de 1.600 euros con su tarjeta.

La llamada se cortó tras dar el código recibido por SMS, consumando así el fraude. El concepto de la operación era Binance, una plataforma para comprar y vender criptomonedas. La persona afectada afirma que no es la primera vez que intentan estafarle con este tipo de técnicas y que en esta ocasión, todo estaba muy bien preparado, siendo una suplantación total de la identidad del banco.

LA ENTIDAD BANCARIA Y EL BANCO DE ESPAÑA NO LO CONSIDERARON COMO UN FRAUDE

Luis recibió una llamada engañosa de alguien que se hizo pasar por el banco, y le solicitó un código de confirmación para realizar una transacción en una plataforma de criptomonedas. Tras darle el código, la llamada terminó y se consumó el fraude. Luis inmediatamente interpuso una denuncia ante la Policía Nacional y contactó con su banco para informar lo ocurrido. Sin embargo, la entidad bancaria negó la petición de reembolso alegando que él había autorizado la transacción. Luis decidió contactar a la organización de consumidores Facua para recibir ayuda.

La organización presentó una demanda en representación de Luis en el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Valladolid, argumentando que Luis había sido víctima de un fraude en el cual el banco tenía responsabilidad. El Juzgado admitió la demanda y en la sentencia se recoge que si bien el afectado inició de manera involuntaria el procedimiento defraudatorio al proporcionar el código de confirmación, el fraude se llevó a cabo a través de una llamada engañosa donde se suplantaba el número de atención al cliente del banco. El juez determinó que el banco tenía la responsabilidad de proteger a sus clientes de estafas y falló a favor de Luis ordenando al banco reembolsar el dinero perdido.

NO EXISTE NEGLIGENCIA GRAVE

El juez ha concluido que la entidad bancaria fue víctima de un ataque informático que permitió que la llamada se presentara con un número distinto al del teléfono desde el cual se realizó la llamada con el fin de cometer el fraude. Por lo tanto, se ha absuelto a Luis de haber cometido una negligencia grave tal como argumentaba la entidad bancaria y ha fallado a su favor.

Casi un año después de los hechos, el afectado recibió el reembolso de la cuantía que le habían sido sustraído para comprar criptomonedas. Además, se señala la obligación de los bancos al implementar medidas de seguridad como la autenticación de dos factores o autenticación reforzada, para proteger a sus clientes de estafas y fraudes.

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