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LA COMISIÓN EUROPEA (CE) SOLICITA AL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA (TJUE) LA REVISIÓN DEL ÍNDICE HIPOTECARIO (IRPH) DE LAS HIPOTECAS EN ESPAÑA

 Fecha de publicación 06/12/2022

La Comisión Europea (CE) solicita al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) la revisión del índice hipotecario (IRPH) de las hipotecas en España

EL ÍNDICE HIPOTECARIO IRPH, QUE DEBERÁ DECLARARSE ABUSIVO SIEMPRE QUE SE EXISTA FALTA DE TRANSPARENCIA

Según el comunicado emitido por el TJUE: «la Comisión es de la opinión de que el juez nacional deberá valorar si la necesidad de aplicar un diferencial negativo al índice IRPH -tal y como recoge el preámbulo de la circular 5/1994 del Banco de España- puede considerarse como una norma aplicable en defecto de acuerdo entre las partes». «Por lo que se debería efectuar un análisis comparativo con la situación en la que se encuentran los consumidores por la cláusula contractual».

UN JUZGADO DE PALMA EL PASADO ABRIL 15 CUESTIONÓ EL ÍNDICE AL TJUE

El TJUE, ya ha resuelto hasta en dos ocasiones anteriores situaciones sobre el IRPH, la última fué en noviembre de 2021, cuando respaldó la validez de estas hipotecas. En aquella resolución, el TJUE aclaraba que la normativa comunitaria no obligaba a las entidades financieras a incluir una «definición completa del índice de referencia que sirve para calcular un tipo de interés variable».

El Tribunal Supremo, debe tener la confirmación de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dado curso a las cuestiones prejudiciales sobre IRPH para decidir si suspende o continúa con la tramitación de recursos, sobre el índice hipotecario. Esta situación fuerza al TJUE a establecer un posicionamiento claro en defensa de los consumidores europeos.

PRÁCTICA DESLEAL POR PARTE DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS O BANCOS

Por primera vez en la historia jurídica o jurisprudencia, se plantea que las entidades ejercieron una práctica desleal de la que se beneficiaron, perjudicando a los a consumidores y al resto de competidores.

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